“En las
locaciones de inmuebles la intermediación solo podrá estar a cargo de un
profesional matriculado para ejercer el corretaje inmobiliario conforme la
legislación local.” Ley 27551 Art. 12.- Sustituye el artículo 1.351 del C.C.yC.
No corra riesgos, asesórese con quienes saben.
La Nueva Ley de Alquileres trae cambios que
usted debe conocer.
Aspectos a
considerar según la Nueva Ley de alquileres:
• La intermediación, el acercamiento de
partes, la administración de inmuebles en alquiler, sean urbanos (viviendas,
locales, galpones, oficinas) o rurales, solo y de manera excluyente debe
estar a cargo de un corredor inmobiliario.
• Ese corredor inmobiliario debe poseer formación
profesional, y poseer matrícula del Colegio de Corredores
Inmobiliarios, lo cual puede chequear ingresando en https://ccisantafe.com.ar/padron/.
En Gimenez Inmobiliaria contamos con un equipo de profesionales conformado por egresados de la Universidad Nacional del Litoral, matriculados en el C.C.I.,
que CONTÍNUAMENTE nos
actualizamos y capacitamos para asesorarlos de la mejor manera.
En GIMENEZ
Inmobiliaria: le ofrecemos los siguientes servicios:
• Asesoramiento y Confección de Contratos entre Particulares de
acuerdo a normativas vigentes.
• Administración de Propiedades: un servicio que les ofrece la seguridad
de estar haciendo lo correcto en todo momento. Un clásico… que nos
distingue!
p/ Gimenez
Inmobiliaria
Martillera
Pública y Corredora de Comercio U.N.L.
Colegio
de Corredores Inmobiliarios Matrícula N° 0229